
INFORME N.° 196-2016-SUNAT/5D0000
MATERIA: Se formulan las siguientes consultas vinculadas a la Ley N.° 27037 – Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía: 1. ¿La Euterpe oleracea está incluida en la definición de “palmito” descrita en el numeral 12.3 del artículo 12° de la referida ley? 2. Si la respuesta a la consulta anterior fuera positiva, ¿en la definición de palmito descrita en la citada norma se incluye tanto al cogollo como al fruto denominado coloquialmente ASAÍ, ASSAÍ, ACAÍ?
BASE LEGAL: – Ley N.° 27037, Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía, publicada el 30.12.1998 y normas modificatorias (en adelante, LPIA).
CONCLUSIÓN: El “palmito” proveniente de la “Euterpe oleracea” se encuentra comprendido en el numeral 12.3 del artículo 12° de la LPIA, no abarcando dicho término al fruto de la citada palmera, sino únicamente a la parte interna de su ápice, estípite o cogollo tierno.
Descargar informe completo en el siguiente enlace web: http://www.sunat.gob.pe/legislacion/oficios/2016/informe-oficios/i196-2016.pdf
Alan Emilio Matos Barzola
Expositor Experto en materia Tributario Contable a nivel nacional
Experto en material procesal ante SUNAT, Tribunal Fiscal, Poder Judicial y el Tribunal Constitucional