SUNAT puntualiza aplicación de Ley Nº 29215 sobre crédito fiscal del IGV

SUNAT al emitir el Informe Nº 146-2009-SUNAT/2B0000 puntualiza:
«no se perderá el derecho al crédito fiscal, aun cuando los comprobantes de pago que sustentan la adquisición de bienes y servicios no cumplan con los requisitos legales y reglamentarios en materia de comprobantes de pago, siempre que se proceda conforme a lo dispuesto en las normas citadas. Sin embargo, lo establecido en el texto vigente del artículo 19° del TUO de la Ley del IGV y en la Ley N.° 29125 solo resulta de aplicación para validar el crédito fiscal sustentado en comprobantes de pago que no cumplen con los requisitos legales y reglamentarios, mas no para validar costo o gasto para efecto del Impuesto a la Renta en el mismo supuesto, toda vez que no existe norma alguna que haga extensivas las disposiciones analizadas a este último tributo.»
 
Este criterio fue sostenido desde el 23 de abril del 2008 y se recibieron críticas, pero SUNAT dió la razón a la legalidad.
 

5 comentarios

  1. Quisiera saber si es posible que se pueda rebajar el Spot IGV en la declaración del PDT-Renta Mensual para el crédito fiscal

    • Estimada Graciela

      El SPOT no se declara en el PDT 621 IGV Renta Mensual, ya que su mecanismo de aplicación es diferente.

      EL SPOT involucra que el adquiriente efectúe el depósito de un determinado importe (en función al % que establece la norma) en la cuenta de detracciones del Banco de la Nación del proveedor (vendedor o prestador del servicio). Este importe depositado servirá para que el proveedor pueda efectuar el pago de impuestos, ONP, ESSALUD, costas y gastos tributarios, entre otros previstos por la norma.

      En caso el adquiriente no cumpla con efectuar el depósito en favor de la cuenta de detracciones del proveedor es pasible de ser sancionado con una multa del 100% del importe no depositado (sujeto a gradualidad especial dependiendo de cuando se regularice el depósito).

  2. Muchas gracias por la aclaración. La Empresa es minera y esta solicitando dev. de IGV de acuerdo a la Ley 27623, modificada mediante Ley 26662. Que me sugiere hacer si es que la empresa ha hecho su Declaración del PDT con lo antes manifestado. La empresa tendria que hacer la rectificación del PDT 621.

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