Corte Suprema Argentina permitirá a Telefónica considerar como gasto las sumas de aquellos clientes deudores a los que consideraba incobrables o morosos

 Alan Emilio Matos Barzola

Especialista en Tributación. Asesor Tributario Contable

La Corte Suprema de Justicia de la República Argentina permitirá a la compañía Telefónica de Argentina SA  descontar de su declaración jurada de ganancias, las sumas de aquellos clientes deudores a los que consideraba incobrables o morosos.

El máximo tribunal argentino revocó las resoluciones de primera y segunda instancia que avalaron la versión de la Administración Federal de Ingresos Públicos. Ello tiene relevancia puesto que podría ser considerado como antecedente o “jurisprudencia internacional en el proceso que actualmente sigue dicha entidad contra el Estado peruano sobre estos mismo puntos”.

Algunos medios de información comentan que se dejaría abierta la posibilidad de que el resto de las empresas que prestan servicios públicos puedan seguir el mismo camino, ya que se ratificó que el cumplimiento de los pasos establecidos por los marcos regulatorios para el tratamiento de la morosidad de los clientes es una razón suficiente para su deducción impositiva.

¿Qué dice exactamente el fallo de la Corte Suprema Argentina?

El Tribunal Fiscal argentino indicó que las gestiones de cobro por vía telefónica y los reclamos postales efectuados por parte de Telefónica Argentina SA resultaban insuficientes para validar las deducciones pretendidas por tratarse de deudas superiores a $ 3.000. Como se advierte lo que se cuestionaba es si el cumplimiento de tales gestiones constituía un indicio suficiente para calificar a los créditos como “malos” o “incobrables” y deducirlos para determinar la renta sujeta a impuesto.

La Corte Suprema Argentina falló señalando que carece de sustento el criterio de la Administración Federal de Ingresos Públicos en cuanto, para determinar el tributo, supeditó la configuración y deducción de los “malos créditos” —en el caso superiores a $ 3.000— al ineludible inicio de la acción judicial de cobro cuando el contribuyente invocó haber ajustado su conducta a los usos y costumbres del ramo —a los que remite la ley— y el organismo recaudador invalidó dicho argumento sin siquiera haber controvertido la existencia de aquéllos o demostrado que la recurrente no había cumplido con los pasos allí previstos.

Del mismo modo, la Corte Suprema Argentina sentencia que resulta inatendible la posición del Fisco Nacional en cuanto cuestiona la suficiencia del Reglamento General de Clientes del Servicio Básico Telefónico, sobre la base de considerar que el procedimiento allí fijado si bien “establece las condiciones que deben cumplir las empresas prestadoras del servicio para poder proceder a la suspensión o baja de la prestación … sólo da prueba de ‘morosidad’ del deudor en el cumplimiento de su obligación, pero de ninguna manera se puede pretender probar la imposibilidad del cobro de la deuda”.

Por tal sentido, se revoca la sentencia apelada en cuanto fue materia de agravios, con costas de todas las instancias a la vencida.

Alan Emilio Matos Barzola

Especialista en Tributación. Asesor Tributario Contable

Programa de Especialización en Tributación en la Facultad de Ciencias Contables de la UNMSM. Inició el 16 de abril 2012

 

PLAN DE ESTUDIOS:

I Módulo
  • Política fiscal y sistema tributario peruano – 12 Horas
  • Derechos fundamentales vinculados a la actividad tributaria y Jurisprudencia – 12 Horas
  • Impuesto general a las ventas – 20 Horas

II Módulo

  • Impuesto a la renta e impuesto temporal a los activos netos – 20 Horas
  • Tributación ambiental – 4 Horas
  • IGV Régimen de detracciones, percepciones y retenciones – 12 Horas
  • Auditoría tributaria – 8 Horas

III Módulo

  • Tributación sectorial y regímenes especiales – 8 Horas
  • Planeamiento tributario – 8 Horas
  • Procedimientos de fiscalización y contenciosos tributarios – 8 Horas
  • Derecho penal tributario – 8 Horas

OBTENCIÓN DEL DIPLOMA
Al culminar satisfactoriamente el Programa, se otorgará un Diploma como ESPECIALISTA EN TRIBUTACIÓN por haber participado y aprobado el Programa a nombre de la UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS.

REQUISITOS:
Copia del Grado Académico de Bachiller o constancia de egresado universitario.
Currículum vitae.
02 Fotografías a color tamaño carné
Copia del DNI

INFORMES E INSCRIPCIONES
Avenida Germán Amézaga s/n (Puerta Nº 3) Ciudad Universitaria-Lima 01
Edificio de la Facultad de Ciencias Contables (1er Piso)
Atención de lunes a viernes de 08:00 a 22:00Hrs. y sábados de 10:00 a 18:00Hrs.
Teléfono: 451-2441/619-7000 anexo 2404/451-8540 anexo 206

Correo Electrónico:ceups@contabilidad.unmsm.pe

http://ceups.contabilidad.unmsm.edu.pe/index.php?option=com_content&view=article&id=22&Itemid=11

Seminario en Lima 13 y 14 de marzo 2012 Cierre Contable y Tributario Ejercicio 2011 Novedades y aspectos controversiales

Martes 13 y mièrcoles 14 de marzo de 2012
Hora inicio: De 6:00 p.m. a 10:00 p.m.

Nuevamente Lima nos deleita con su gran concurrencia en los eventos que tenemos a gusto compartir. Gracias a todos por vuestro tiempo.

BUSINESS TOWER HOTEL
Av. Guardia Civil N° 727, Corpac – San Borja. (A 1/2 cuadra del Óvalo Quiñónez) – LIMA

Informes en Lima: Teléfonos: 710-8950 Anexo 206
Email:eventos@contadoresyempresas.com.pe
Fax: 241-2323 (Enviar copia del depósito con atención al Área de Eventos)
Dirección: Av. Angamos Oeste Nº 526 – Miraflores

Expositores:

ALAN EMILIO MATOS BARZOLA (Martes 13 marzo) Especialista en Tributación.  Asesor Tributario Contable y Expositor a nivel nacional (2007, 2008, 2009, 2010, 2011 y 2012). Profesor del Programa de Especialización en Tributación CEUPS – Facultad de Ciencias Contables Universidad Nacional Mayor de San Marcos .

ANTONIO GOMEZ AGUIRRE (Miércoles 14 marzo) Coordinador del Área de Asesoría de Contadores & Empresas

Martes 13 marzo: Determinación del Impuesto a la Renta Empresarial, y la incidencia de las NIIF en los Estados Financieros

  • La Información Financiera versus el marco tributario ¿Se debe tributarizar la contabilidad para evitar contingencias?
  • Incidencia de la NIC 2 Inventarios: Valor neto de realización, valor razonable. Incidencia del valor de mercado en existencias según el artículo 32 dela Ley del Impuesto ala Renta.
  • Incidencia de la NIC 16 Propiedad, Planta y Equipo: Incidencia del valor de mercado de activos fijos según el artículo 32 dela Ley del Impuesto ala Renta.
  • Incidencia de la NIC 19 Beneficios de los trabajadores: Contabilización de la participación de los trabajadores.
  • Incidencia de la NIC 37 Provisiones, Pasivos Contingentes y Activos Contingentes.
  • Incidencia dela NIC38 Activos Intangibles.
  • Incidencia dela NIIF5 Activos No Corrientes mantenidos parala Venta.
  • Jurisprudencia del Tribunal Fiscal con relevancia en función a las Normas Internacionales de Información Financiera.

Miércoles 14 marzo: Determinación de la Renta Neta Imponible y el Impuesto por Pagar – jurisprudencia del Tribunal Fiscal e informes de la Sunat

  • Vehículo de Dirección, Administración y Representación.
  • Valor de mercado de las remuneraciones.
  • Cobranza dudosa y castigo de incobrables.
  • Pérdidas a consecuencia de robos, accidentes o desastres naturales.
  • Gastos financieros. Límites a los relacionados con entidades vinculadas.
  • Depreciación de activo fijo.
  • Gastos recreativos y de capacitación al personal.
  • Prorrata de gastos comunes.
  • Gastos no aceptados. Artículo 44 dela Leydel Impuesto ala Renta.
  • Aplicación de las pérdidas tributarias.
  • Determinación del crédito por retenciones a las rentas de fuente extranjera.
  • Aplicación de los pagos a cuenta.
  • Aplicación de los créditos por ITAN.
  • Aplicación de otros créditos.
  • Asientos contables.

El evento es parte de la gira sobre el tema que se inició en diciembre 2011 en Lima, y que a mi cargo se tuvo el gusto de compartir en Trujillo, Chiclayo, Chincha, Madre de Dios, Tumbes y Huaraz. Para el 10 de marzo ya se tiene programado un evento sobre fiscalización sobre sistemas anticipados del IGV en Chiclayo, y el 17 de marzo sobre fiscalización tributaria en Chincha. El 24 de marzo aún lo tengo libre, así que las ciudades interesadas me avisan para las coordinaciones.

Seminario en Chincha 17 de marzo 2012 ” Fiscalización Tributaria “

Sábado 17 de marzo de 2012
9:30 a.m. a 14:00 p.m
Hora de convocatoria: 8:30 a.m.

HOTEL CRISTOFORUS COLUMBUS
Calle Lima N° 433 – Chincha Alta

Un agradecimiento enorme para todos los amigos de Chincha, Cañete, Pisco, Nazca e Ica que asistieron al evento, es gratificante reencontrarme con todos ustedes, un abrazo enorme.

Informes en Chincha: Teléfonos: (056) 267714 Celulares: (056) 964 774935- Nextel: 819*0743 –
RPM
*342922 – RPC 966 427 707
Email: smalpicac@hotmail.com – smalpicac@gmail.com
Dirección: Jr. Pisco #284, Chincha Alta.

Expositor:   Alan Emilio Matos Barzola Especialista en Tributación.  Asesor Tributario Contable y Expositor a nivel nacional. Profesor del Programa de Especialización en Tributación CEUPS – Facultad de Ciencias Contables Universidad Nacional Mayor de San Marcos .

Temario:

  • Elementos sustanciales y formales que toda entidad debe prevenir en una fiscalización tributaria
  • Fiscalización en materia del Impuesto a la Renta
  • Elementos generales en toda fiscalización
  • Sustento del costo y gasto
  • Aplicación de créditos
  • Infracciones recurrentes
  • Fiscalización en materia del Impuesto General a las Ventas
  • Incidencias en cuanto a la determinación y control de operaciones
  • Sistema de detracciones del IGV y otros sistemas anticipados
  • Fiscalización en la emisión de comprobantes de pago y otros documentos
  • Presunciones tributarias
  • Aspectos a considerar en la aplicación del Plan Contable General Empresarial

Informes en Chincha: Teléfonos: (056) 267714 Celulares: (056) 964 774935- Nextel: 819*0743 –
RPM
*342922 – RPC 966 427 707
Email: smalpicac@hotmail.com – smalpicac@gmail.com
Dirección: Jr. Pisco #284, Chincha Alta.

Seminario en Madre de Dios 11 febrero 2012 Cierre Contable y Tributario Impuesto a la Renta 2011 – PLAME y T-REGISTRO

Sábado 11 de febrero del 2012

De 8:00 am a 1:00 p.m. y de 4:00 p.m. a 8:00 p.m.

Lugar: UNIVERSIDAD ANDINA DEL CUSCO – FILIAL PTO MALDONADO (Madre de Dios)

Gracias amigos de Madre de Dios, superamos más de 100 participantes al evento y pude corroborar que Puerto Maldonado está generando una gran inversión privada en diversos sectores. Muy grato regresar a esta hermosa ciudad que a la fecha tengo el gusto de visitar más de siete veces para abordar diversos temas en coordinación con mi gran amigo CPCC Edilberto Vilca de VIDATRIBUTA. Un abrazo para todos y ya estaremos coordinando en los meses siguientes para nuevos eventos y otras coordinaciones con diferentes amistades con las cuales pude reunirme estos tres días.

Inscripciones en Madre de Dios: JR. JAIME TRONCOSO 778 – PUERTO MALDONADO. TEL. 082-573433 CEL RPC  982719832
CONTACTO:  CPCC. EDILBERTO VILCA ANCHANTE

Expositor:   Alan Emilio Matos Barzola

Especialista en Tributación.  Asesor Tributario Contable y expositor en temas tributarios aplicables a la Amazonía en Madre de Dios, Iquitos, Tarapoto, Pucallpa y La Merced .  Profesor del Programa de Especialización en Tributación CEUPS – Facultad de Ciencias Contables Universidad Nacional Mayor de San Marcos.

Temario 

  1. Plame y T-REGISTRO, aplicaciones e incidencias Tributario-Laborales
  2. Principales gastos deducibles
    • Aspectos generales:
      • Principio de causalidad
      • Fehaciencia de las operaciones
      • Bancarización
      • Valor de mercado
      • Gasto o costo
      • Devengado
      • Comprobantes de pago.
    • Valor de mercado de las remuneraciones. Tratamiento contable y tributario de los excesos en los gastos de remuneraciones.
    • Pérdidas sufridas por caso fortuito o fuerza mayor o por delitos en perjuicio del contribuyente. Condiciones y requisitos.
    • Provisión y castigo de incobrables. Condiciones, límites y supuestos excluidos por la norma.
    • Mermas y desmedros de existencias.
    • Gastos de viajes.
    • Gastos de movilidad.
    • Gastos de vehículos.
    • Gastos de representación propios del giro del negocio. Condiciones, límites y medios probatorios.
    • Gastos de personal y las exigencias de carácter formal para su deducción: gastos recreativos, de salud, educación, etc.
    • Gastos que para su perceptor constituyan rentas de segunda, cuarta y quinta categoría: vacaciones, participación de los trabajadores y de los directores en las utilidades.
    • Depreciación de activos y amortización de intangibles.
    • Donaciones.
    • Ganancias y pérdidas por diferencias de cambio.
    • Gastos de ejercicios anteriores.
    • Modificaciones para el 2011.
  1. Gastos no deducibles.
  2. Compensación de pérdidas de ejercicios anteriores.
  3. Aplicación de créditos: pagos a cuenta, ITAN, saldo a favor de ejercicios anteriores.
  4. Tributación en la Amazonía con relación a Madre de Dios

Inscripciones en Madre de Dios: JR. JAIME TRONCOSO 778 – Puerto Maldonado (Madre de Dios) TEL. 082-573433 CEL RPC  982719832 CONTACTO:  CPCC. EDILBERTO VILCA ANCHANTE

Seminario en Tumbes 18 febrero 2012 Cierre Contable y Tributario Impuesto a la Renta 2011

Sábado 18 de febrero del 2012

De 9:00 am a 1:00 p.m. y de 3:00 p.m. a 6:00 p.m.

Lugar: AUDITORIO DEL COLEGIO DE CONTADORES PÚBLICOS DE TUMBES
Calle Huáscar N° 323 – Tumbes

Gracias a las coordinaciones de Leonor, Marlon y los miembros del Colegio de Contadores Públicos de Tumbes se desarrolló con éxito el evento pudiéndose compartir varias experiencias con los profesionales que participaron en el evento. Un abrazo para todos y estamos coordinando otros temas.

Inscripciones en Tumbes: Teléfono: 072 522906 – Celular: 972610127 – 972816071
RPM: #227545 – # 511943 Leonor Marcelo Yarlequé

Dirección: Calle Huáscar N° 323 – Tumbes

Expositor:   Alan Emilio Matos Barzola

Especialista en Tributación.  Asesor Tributario Contable y Expositor a nivel nacional. Profesor del Programa de Especialización en Tributación CEUPS – Facultad de Ciencias Contables Universidad Nacional Mayor de San Marcos .

Temario 

  1. Principales gastos deducibles
    • Aspectos generales:
      • Principio de causalidad
      • Fehaciencia de las operaciones
      • Bancarización
      • Valor de mercado
      • Gasto o costo
      • Devengado
      • Comprobantes de pago.
    • Valor de mercado de las remuneraciones. Tratamiento contable y tributario de los excesos en los gastos de remuneraciones.
    • Pérdidas sufridas por caso fortuito o fuerza mayor o por delitos en perjuicio del contribuyente. Condiciones y requisitos.
    • Provisión y castigo de incobrables. Condiciones, límites y supuestos excluidos por la norma.
    • Mermas y desmedros de existencias.
    • Gastos de viajes.
    • Gastos de movilidad.
    • Gastos de vehículos.
    • Gastos de representación propios del giro del negocio. Condiciones, límites y medios probatorios.
    • Gastos de personal y las exigencias de carácter formal para su deducción: gastos recreativos, de salud, educación, etc.
    • Gastos que para su perceptor constituyan rentas de segunda, cuarta y quinta categoría: vacaciones, participación de los trabajadores y de los directores en las utilidades.
    • Depreciación de activos y amortización de intangibles.
    • Donaciones.
    • Ganancias y pérdidas por diferencias de cambio.
    • Gastos de ejercicios anteriores.
    • Modificaciones para el 2011.
  1. Gastos no deducibles.
  2. Compensación de pérdidas de ejercicios anteriores.
  3. Aplicación de créditos: pagos a cuenta, ITAN, saldo a favor de ejercicios anteriores.

Inscripciones en Tumbes: Teléfono: 072 522906 – Celular: 972610127 – 972816071
RPM: #227545 – # 511943 Leonor Marcelo Yarlequé

Informe 001-2012-SUNAT sobre devolución del Saldo a Favor Materia de Beneficio

Alan Emilio Matos Barzola

Para solicitar la devolución del Saldo a Favor Materia de Beneficio, a través del Formulario N° 4949 o del Formulario Virtual N° 1649, se debe haber cumplido previamente con presentar la declaración del último período vencido de acuerdo al cronograma establecido por la SUNAT, con anterioridad a la solicitud de devolución.

El Informe de SUNAT cita lo dispuesto por el Tribunal Fiscal en las Resoluciones RTF 2491-4-2003 y 00585-4-2004 ha considerado como último período vencido al último vencido de acuerdo al cronograma establecido por la SUNAT. Así refiere que si la solicitud de presenta en el mes de diciembre del 2011, y en dicha fecha ya hubiese vencido el plazo para las obligaciones tributarias del mes de noviembre 2011 el contribuyente deberá haber cumplido con presentar la declaración de dicho período.

http://www.sunat.gob.pe/legislacion/oficios/2012/informe-oficios/i001-2012.pdf

Seminario en Huaraz 25 febrero 2012 Cierre Contable y Tributario Impuesto a la Renta 2011

Sábado 25 de febrero del 2012

De 9:00 am a 1:00 p.m. y de 3:00 p.m. a 7:00 p.m.

Lugar:  Auditorio Salon Zafiro del Hotel La Joya – Huaraz
Auditorio Salon Zafiro del Hotel La Joya – Huaraz

Gracias a todos por la masiva concurrencia al evento, nuevamente en Huaraz con grandes amigos, un abrazo y estamos coordinando para nuevos eventos en la zona.

Inscripciones en Huaraz:

Teléfonos: (043)426623 – 995621778 – RPM # 312032 – RPC 997556307
Email: distrib.juridica.ancash@gmail.com
Dirección: Jr. Simón Bolívar 779 0f. 304 Huaraz

 

DISTRIBUIDORA DE INFORMACIÓN JURÍDICO CONTABLE ANCASH EIRL – Contadores & Empresas

 

Expositor:   Alan Emilio Matos Barzola

Especialista en Tributación.  Asesor Tributario Contable y Expositor a nivel nacional. Profesor del Programa de Especialización en Tributación CEUPS – Facultad de Ciencias Contables Universidad Nacional Mayor de San Marcos .

Temario 

  1. Principales gastos deducibles
    • Aspectos generales:
      • Principio de causalidad
      • Fehaciencia de las operaciones
      • Bancarización
      • Valor de mercado
      • Gasto o costo
      • Devengado
      • Comprobantes de pago.
    • Valor de mercado de las remuneraciones. Tratamiento contable y tributario de los excesos en los gastos de remuneraciones.
    • Pérdidas sufridas por caso fortuito o fuerza mayor o por delitos en perjuicio del contribuyente. Condiciones y requisitos.
    • Provisión y castigo de incobrables. Condiciones, límites y supuestos excluidos por la norma.
    • Mermas y desmedros de existencias.
    • Gastos de viajes.
    • Gastos de movilidad.
    • Gastos de vehículos.
    • Gastos de representación propios del giro del negocio. Condiciones, límites y medios probatorios.
    • Gastos de personal y las exigencias de carácter formal para su deducción: gastos recreativos, de salud, educación, etc.
    • Gastos que para su perceptor constituyan rentas de segunda, cuarta y quinta categoría: vacaciones, participación de los trabajadores y de los directores en las utilidades.
    • Depreciación de activos y amortización de intangibles.
    • Donaciones.
    • Ganancias y pérdidas por diferencias de cambio.
    • Gastos de ejercicios anteriores.
    • Modificaciones para el 2011.
  1. Gastos no deducibles.
  2. Compensación de pérdidas de ejercicios anteriores.
  3. Aplicación de créditos: pagos a cuenta, ITAN, saldo a favor de ejercicios anteriores.

Inscripciones en Huaraz:

Teléfonos: (043)426623 – 995621778 – RPM # 312032 – RPC 997556307
Email: distrib.juridica.ancash@gmail.com
Dirección: Jr. Simón Bolívar 779 0f. 304 Huaraz

 

DISTRIBUIDORA DE INFORMACIÓN JURÍDICO CONTABLE ANCASH EIRL – Contadores & Empresas

 

Seminario en Trujillo 21 de enero 2012 Cierre Contable y Tributario Impuesto a la Renta 2011

Sábado 21 de enero 2012

De 9:00 am a 1:00 pm y de 4:00 pm a 7:00 pm

Lugar: CENTRO DE CONVENCIONES PALACIO DEL HIERRO
Jr. PIZARRO  # 639- 641- Centro Trujillo a media cuadra SUNAT Central

Gracias a todos ustedes amigos en Trujillo, el evento tuvo gran èxito y pudimos coordinar varios temas, un abrazo a la distancia principalmente a Romer Castillo de FACOSE por la excelente coordinaciòn. 

Inscripciones en Trujillo:

Calle Santa Rosa N° 125 Urb. Alto Mochica Dpto. 202 Trujillo
Teléf. (044) 251-251
Cel: 94 8936500 – RPM: *254874 – #152878 – NEXTEL 646*613

EDICIONES FACOSE SAC

Expositor:   Alan Emilio Matos Barzola

Especialista en Tributación.  Asesor Tributario Contable – Gaceta Jurídica – Contadores & Empresas, Gaceta Consultores.

Profesor del Programa de Especialización en Tributación CEUPS – Facultad de Ciencias Contables Universidad Nacional Mayor de San Marcos.

Temario 

  1. Principales gastos deducibles
    • Aspectos generales:
      • Principio de causalidad
      • Fehaciencia de las operaciones
      • Bancarización
      • Valor de mercado
      • Gasto o costo
      • Devengado
      • Comprobantes de pago.
    • Valor de mercado de las remuneraciones. Tratamiento contable y tributario de los excesos en los gastos de remuneraciones.
    • Pérdidas sufridas por caso fortuito o fuerza mayor o por delitos en perjuicio del contribuyente. Condiciones y requisitos.
    • Provisión y castigo de incobrables. Condiciones, límites y supuestos excluidos por la norma.
    • Mermas y desmedros de existencias.
    • Gastos de viajes.
    • Gastos de movilidad.
    • Gastos de vehículos.
    • Gastos de representación propios del giro del negocio. Condiciones, límites y medios probatorios.
    • Gastos de personal y las exigencias de carácter formal para su deducción: gastos recreativos, de salud, educación, etc.
    • Gastos que para su perceptor constituyan rentas de segunda, cuarta y quinta categoría: vacaciones, participación de los trabajadores y de los directores en las utilidades.
    • Depreciación de activos y amortización de intangibles.
    • Donaciones.
    • Ganancias y pérdidas por diferencias de cambio.
    • Gastos de ejercicios anteriores.
    • Modificaciones para el 2011.
  1. Gastos no deducibles.
  2. Compensación de pérdidas de ejercicios anteriores.
  3. Aplicación de créditos: pagos a cuenta, ITAN, saldo a favor de ejercicios anteriores.

Inscripciones en Trujillo:

Calle Santa Rosa N° 125 Urb. Alto Mochica Dpto. 202 Trujillo
Teléf. (044) 251-251
Cel: 94 8936500 – RPM: *254874 – #152878 – NEXTEL 646*613

EDICIONES FACOSE SAC.

Seminario en Chiclayo 28 de enero 2012 Cierre Contable y Tributario Impuesto a la Renta 2011

Sábado 28 de enero 2012

De 9:00 am a 1:00 pm y de 4:00 pm a 7:00 pm

Lugar: Auditorium Las Musas Hotel & Casino

Calle Los Faiques Nº 101 Urb. Santa Victoria – Chiclayo

Gracias amigos, el evento literalmente estuvo abarrotado e inclusive asistieron amigos desde diferentes zonas del país. Un abrazo a todos y ya nos estaremos encontrando en otras ocasiones.

Inscripciones en Chiclayo:

Telefono: (074) 506197
Cel: 97 961-3810 / 97 895 0855
RPM: *376597 *376607 *376596
Email: editorialberchelsrl@hotmail.com
Dirección: Manuel María Ízaga Nº 765 – Of. 205, Chiclayo

Expositor:   Alan Emilio Matos Barzola

Especialista en Tributación.  Asesor Tributario Contable – Gaceta Jurídica – Contadores & Empresas Gaceta Consultores.

Profesor del Programa de Especialización en Tributación CEUPS – Facultad de Ciencias Contables Universidad Nacional Mayor de San Marcos.

Temario:  Aspectos generales: Principio de causalidad, fehaciencia de las operaciones, bancarización, valor de mercado, gasto o costo, devengado, comprobantes de pago y detracción.

  1. Valor de mercado de las remuneraciones. Situaciones particulares en la determinación del trabajador referente. Tratamiento contable y tributario de los excesos en los gastos de remuneraciones.
  2. Pérdidas sufridas por caso fortuito o fuerza mayor o por delitos en perjuicio del contribuyente. Condiciones y requisitos.
  3. Provisión y castigo de incobrables. Condiciones, límites y supuestos excluidos por la norma.
  4. Gastos de viajes.
  5. Gastos de movilidad.
  6. Gastos de vehículos.
  7. Gastos de representación propios del giro del negocio. Condiciones, límites y medios probatorios.
  8. Gastos financieros.
  9. Gastos por pagos efectuados a no domiciliados.
  10. Mermas y desmedros de existencias.
  11. Gastos de personal y las exigencias de carácter formal para su deducción: gastos recreativos, de salud, educación, etc.
  12. Gastos por remuneraciones convenidas al personal: gratificaciones, sueldos, etc.
  13. Gastos que para su perceptor constituyan rentas de segunda, cuarta y quinta categoría: vacaciones, participación de los trabajadores y de los directores en las utilidades.
  14. Depreciación de activos y amortización de intangibles.
  15. Donaciones.
  16. Ganancias y pérdidas por diferencias de cambio.
  17. Gastos de ejercicios anteriores.
  18. Gastos no deducibles.
  19. Compensación de pérdidas de ejercicios anteriores.
  20. Aplicación de créditos: pagos a cuenta, ITAN, saldo a favor de ejercicios anteriores.
  21. Aplicación práctica de la determinación del impuesto.
  22. Caso integral de un contribuyente del régimen general de renta, balance de comprobación y llenado del PDT 670.

Inscripciones en  ka ciudad de Chiclayo:

Telefono: (074) 506197
Cel: 97 961-3810 / 97 895 0855
RPM: *376597 *376607 *376596
Email: editorialberchelsrl@hotmail.com
Dirección: Manuel María Ízaga Nº 765 – Of. 205, Chiclayo

RTF 10218-2-2011 empieza a aplicar los alcances de la Ley 29707 que permite subsanar omisiones a la bancarización

Alan Emilio Matos Barzola

Mediante la presente resolución RTF Nº 10218-2-2011, el Tribunal Fiscal al resolver una controversia materia de reparo toma en cuenta el argumento del contribuyente sobre el acogimieto al procedimiento temporal y excepcional para subsanar la omisión de utilizar los medios de pago regulados en la Ley 28194, el cual es aplicable incluso a contribuyentes que tienen procedimientos tributarios ante este Tribunal, y que aún está pendiente la publicación del reglamento que regule las disposiciones necesarias para que se efectúe el acogimiento al referido procedimiento.

A tal efecto, el Tribunal Fiscal ordena remitir el expediente a SUNAT a efectos que verifique si el contribuyente, luego que se publique el Reglamento de la Ley 29707, se acoge al procedimiento temporal respecto a este reparo, y si cumple con los requisitos regulados en la citada ley y en el reglamento que se publique.

En otras palabras el Tribunal Fiscal, cumple con la Ley y ordena que SUNAT verifique primero si dicho contribuyente cumple con los requisitos (aún pendientes a falta de reglamento por la demora de la propia SUNAT) a fin de no perjudicar al contribuyente. Personalmente expreso mi conformidad con esta decisión del Tribunal Fiscal, puesto que la demora en el Reglamento no puede  perjudicar a cientos de contribuyentes que se encuentran a la espera de la “santa paciencia de SUNAT y del Ministerio de Economía y Finanzas en emitir el Reglamento”.

Nuevamente te lo dijimos primero en este portal

Alan Emilio Matos Barzola

RTF de Observancia Obligatoria Nº 16192-2-2011 pero de contenido histórico

Alan Emilio Matos Barzola

En el Diario Oficial El Peruano se acaba de publicar la RTF de Observancia Obligatoria Nº 16192-2-2011, estableciendo el siguiente criterio:

El inciso f) del artículo 29 del Reglamento del Impuesto a la Renta excede lo dispuesto por el artículo 50 de la Ley, así como el inciso a) del artículo 25 de la Ley (modificada por Ley 26415) cuando establece que los contribuyentes que obtengan dividendos los deberán considerar entre sus ingresos a fin de determinar la pérdida neta compensable”.

Cabe indicar que el referido inciso f) del artículo 29 del Reglamento, actualmente no se encuentra vigente, toda vez que el texto de todo el artículo 29 fue modificado en virtud del artículo 17 del Decreto Supremo Nº 134-2004-EF (publicado el 05 de octubre del 2004). El texto del derogado inciso f) era: “Los contribuyentes considerarán entre sus ingresos los dividendos y cualquier otra forma de distribución de utilidades a fin de determinar la pérdida neta compensable.”

Por tal sentido queda claro que este criterio únicamente sirve como referencia histórica al aludir a una norma derogada.

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