Oficio 354-2012-SUNAT obligación de emitir boletas de pago a los trabajadores CAS

OFICIO N.° 354-2012-SUNAT/200000

Lima, 18 de julio de 2012

Señor

JUAN CARLOS CORTÉS CARCELÉN

Presidente Ejecutivo Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR

Presente

Ref.: Oficio N.° 006-2012-SERVIR/GPGRH

De mi consideración:

Me dirijo a usted en atención al documento de la referencia, mediante el cual se  consulta si aun cuando de acuerdo al artículo 11° de la Ley N.° 29849 (1) las  entidades están en la obligación de otorgar boletas de pago a los trabajadores contratados bajo el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios (CAS), resulta necesario que dichos trabajadores emitan recibos por honorarios o debe entenderse que la Ley N.° 29849 h a dispuesto el reemplazo de dichos comprobantes de pago por las boletas de pago.

Sobre el particular, cabe indicar que, de acuerdo con el artículo 12° del Decreto Legislativo N.° 1057 (2), para efectos del Impuesto a la Renta, las remuneraciones derivadas de los servicios prestados bajo el Régimen Especial de CAS son calificadas como rentas de cuarta categoría (3).

Por su parte, el inciso b) del numeral 2.1 del artículo 4° del Reglamento de Comprobantes de Pago (4) dispone que los recibos por honorarios se emitirán por la prestación de servicios que genere rentas de cuarta categoría, salvo lo establecido en el inciso 1.5 del numeral 1 del artículo 7° de dicho Reglamento (5).

Así, dado que las contraprestaciones que se abonan a las personas contratadas bajo la modalidad de CAS constituyen rentas de cuarta categoría, dichas personas se encuentran obligadas a emitir recibos por honorarios por la prestación de sus servicios.

De otro lado, el artículo 11° del Decreto Legislativo N.° 1057 (6) ha establecido que las entidades están en la obligación de emitir  boletas de pago a los trabajadores bajo el Régimen del CAS. Dicha obligación no es de índole  tributaria.

Conforme se desprende de las normas antes citadas, el perceptor de rentas de cuarta categoría, sujeto al Régimen Especial de CAS tiene la obligación de emitir recibos por honorarios por la prestación de sus servicios, mientras que las entidades contratantes tienen la obligación de  entregar a dichos  trabajadores las boletas de pago a que se refiere el artículo 11° del Decreto Legislativo N.° 1057.

Sin perjuicio de lo señalado en los párrafos anteriores, cabe indicar que a la fecha esta Superintendencia Nacional viene evaluando la conveniencia de mantener la obligación de emitir recibos por honorarios por las personas contratadas bajo la modalidad de CAS.

Es propicia la oportunidad para manifestarle los sentimientos de mi especial estima.

Atentamente,

Original firmado por

ENRIQUE VEJARANO VELÁSQUEZ

Superintendente Nacional Adjunto de Tributos Internos

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y ADMINISTRACIÓN  TRIBUTARIA

 

1   Ley que establece la eliminación progresiva del Régimen Especial del Decreto Legislativo N.° 1057 y otorga derechos labores, publicada el 6.4.2012.

2   Decreto Legislativo que regula el Régimen Especial  de Contratación Administrativa de Servicios, publicado el 28.6.2008, y norma modificatoria.

3   Asimismo, la Séptima Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N.° 075-2008-PCM, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N.° 1057 (publicado el 25.11.2008), ha establecido que para efectos del Impuesto a la Renta, las contraprestaciones derivadas de los servicios prestados bajo el ámbito de aplicación del Decreto Legislativo N.° 1057 y del citado reglamento son rentas de cuarta categoría.

4   Aprobado por la Resolución de Superintendencia Nº 007-99/SUNAT, publicada el 24.1.1999, y normas modificatorias.

5   Según el cual, se exceptúa de la obligación de emitir comprobantes de pago a los sujetos que perciban ingresos por las funciones de directores de empresas, albaceas, síndicos, gestores de negocios, mandatarios y regidores de municipalidades y actividades similares.

6 Según incorporación introducida por la Ley N.° 29849.

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Acerca de Alan Emilio Matos Barzola
Especialista en Tributación Empresarial y en Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF). Egresado del 48° Curso de Administración Tributaria a nivel nacional (CAT 2007) del Instituto de Administración Tributaria y Aduanera de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria. Experiencia laboral: - Abogado Especialista en Derecho Tributario en una superintendencia gubernamental (2012), y Docente del Programa de Especialización en Tributación del Centro de Extensión Universitaria (CEUPS) de la Facultad de Ciencias Contables de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. 2010-2011-2012. - Asesor Tributario Contable. Gaceta Jurídica – Contadores & Empresas. Especialista y consultor en temas tributarios, contables y empresariales (2011). - Asesor Tributario Contable. Estudio Caballero Bustamante. Especialista y consultor en temas tributarios, contables y empresariales (2009-2010). - Abogado Tributarista. Estudio Navarro, Ferrero y Pazos Abogados. Especialista y consultor en temas tributarios, contables y empresariales (2008-2009). - Asesor Tributario Contable. Revista Actualidad Empresarial. Especialista y consultor en temas tributarios, contables y empresariales . - Miembro de la Central de Consultas Tributarias de la Intendencia Nacional de Servicios al Contribuyente de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria SUNAT. Experiencia en capacitaciones: Expositor en materia tributario-contable a nivel nacional en diversas sedes sobre temas de Tributación Empresarial y de entidades sin ánimo de lucro, NIC-NIIF Completas, NIIF para las Pymes, Impuesto a la Renta, IGV, Régimen Tributario de la Amazonía, Fiscalización, Plan Contable General Empresarial, en las siguientes sedes: -Arequipa: 2010-2011, con Caballero Bustamante y con Contadores & Empresas - Ayacucho: 2008 con Actualidad Empresarial y 2013 con Contadores & Empresas - Callao.2009-2010 en el Colegio de Contadores Públicos y en la Universidad Nacional del Callao (2008). -Chiclayo: 2010 en XIX CORNECCOF Lambayeque 2010 Congreso Regional de Estudiantes de Ciencias Contables y Financieras (Chiclayo), 2012 y 2013 con Contadores & Empresas -Chimbote: 2010 con Caballero Bustamante -Chincha: 2011, 2012 y 2013 con Contadores & Empresas. -Cusco: 2010 con Caballero Bustamante -Huancayo: 2008 con Actualidad Empresarial, 2010 con Caballero Bustamante, 2011 con Contadores & Empresas y 2012 con Pacífico Huancayo. - Huánuco 2013 con Contadores & Empresas. -Huaraz: 2010 Universidad Nacional Antúnez de Mayolo en el Post Grado y en Pregrado. Colegio de Contadores Públicos de Huaraz. 2012 con Contadores& Empresas y la UNASAM. - Ica: 2007 con Actualidad Empresarial y 2011 con Contadores & Empresas. Caja Municipal de Ica (2011). Colegio de Contadores Públicos de Ica. - Ilo (Moquegua) 2013 con Contadores & Empresas -Iquitos: 2011 con Contadores & Empresas. -La Merced: 2011 con Contadores & Empresas. -Lima: 2007, 2008, 2009, 2010, 2011, 2012 y 2013 con Contadores & Empresas. Universidad Nacional Mayor de San Marcos, Universidad Nacional Federico Villarreal, Universidad Nacional del Callao, Universidad Privada San Juan Bautista, Universidad César Vallejo, Universidad Tecnológica del Perú en la Facultad de Administración de Negocios Internacionales. En el Auditorio del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE 2009 con el Estudio Navarro, Ferrero y Pazos y Quantum Consultores). Auditorio del Estudio Caballero Bustamante. Colegio de Contadores Públicos de Lima (I Convención de Contabilidad “El Contador Público y los Desafíos de la Competitividad”) y en el Auditorio Principal. Cámara de Comercio Peruana Argentina (diciembre 2011). En diversas sedes en toda Lima Metropolitana. - Madre de Dios. 2009 y 2012 Universidad Andina del Cusco – Filial Puerto Maldonado, Universidad Nacional Amazónica de Madre de Dios, Gobierno Regional de Madre de Dios, Colegio de Contadores Públicos de Madre de Dios. - Pucallpa: 2011, 2012 y 2013 con Contadores & Empresas -Tarapoto: 2011 y 2012 con Contadores & Empresas -Trujillo: 2007 en la Universidad César Vallejo con Actualidad Empresarial, 2010 con Caballero Bustamante, 2011 con Contadores & Empresas, en diversas sedes (con Facose SA) y en la 6º Feria del Libro organizada por la Universidad Particular Antenor Orrego (UPAO), 2012 y 2013 con Contadores& Empresas (FACOSE) -Tumbes: 2011 y 2012 en el Colegio de Contadores Públicos de Tumbes con Contadores & Empresas Publicaciones: Diversos artículos e informes tributario-contables publicados en el Suplemento de Análisis Legal “Jurídica” del Diario Oficial El Peruano, en la Revista Actualidad Empresarial (2006-2008), en el Informativo Caballero Bustamante (2009-2010), en la Revista Contadores & Empresas 2011, en la Revista Actualidad Jurídica (Gaceta Jurídica) y en Revista Jurídica del Perú (NL Normas Legales). Idiomas: Español e Inglés

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