Decreto Supremo 233-2011-EF Nueva UIT 2012 asciende a S/.3,650

Alan Emilio Matos Barzola

Decreto Supremo Nº 233-2011-EF

Artículo 1. Aprobación de la UIT para el año 2012

Durante el año  2012, el valor de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) como índice de referencia en normas tributarias será de tres mil seiscientos cincuenta y 00/100 nuevos soles (S/.3,650.00)

Artículo 2. Refrendo

El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas

Alan Emilio Matos Barzola

La Norma XVdel Titulo Preliminar del Código Tributario establece quela Unidad ImpositivaTributaria (UIT) es un valor de referencia que puede ser utilizado en las normas tributarias para determinar las bases imponibles, deducciones, límites de afectación y demás aspectos de los tributos que considere conveniente el legislador.

También podrá ser utilizada para aplicar sanciones, determinar obligaciones contables, inscribirse en el registro de contribuyentes y otras obligaciones formales.  

La repercusión tributaria de la nueva UIT 2011 también influirá en el IGV, por ejemplo:

En cuanto a la exoneración del IGV en la primera venta de inmuebles destinados exclusivamente a vivienda, el límite (35 UIT) que no se debería superar para el 2012 sería S/.127,750.00

En cuanto a los gastos de representación, estos otorgarán derecho a crédito fiscal en la parte que en su conjunto no excedan del 0.5% de los ingresos brutos acumulados en el ano calendario hasta el mes en que corresponda aplicarlos, con el límite máximo de 40 UIT. (Para el 2012 se proyecta en S/.146,000.00) acumulables durante un año calendario. 

Por otra parte, en cuanto al Impuesto de Alcabala, recuerden que las 10 primeras UIT (S/.36,500.00) se encuentran inafectas a este impuesto. Por ejemplo:

Valor de transferencia 2012

50,000.00

10 UIT inafectas (10 x 3,650)

(36,500.00)

Parte afecta

13,500.00

Impuesto de Alcabala 3%

405.00

Se recuerda que la aplicación de las infracciones ya no se aplica exclusivamente considerando como referenciala UIT, sino otros parámetros tales como los IN (definidos conforme al artículo 180 del Código Tributario).

Por ejemplo, la infracción establecida en el numeral 1 del articulo 176 del Código Tributario “por no presentar declaraciones (determinativas) dentro de los plazos establecidos” para los contribuyentes del Régimen General es sancionable con una multa de 1 UIT (S/.3,650.00) para el 2011.

En cuanto a las infracciones del numeral 1 del artículo 178 del Código Tributario la sanción aplicable es 50% del tributo omitido, entre otros supuestos señalados en su Nota 21, importe que no puede ser inferior al 5% dela UIT. Porejemplo si el tributo omitido de una entidad fuese trescientos cincuenta nuevos soles S/.350 y la entidad subsanará la infracción en forma voluntaria: 

Tributo omitido

350.00

 Sanción: 50% del tributo omitido

 175.00

 Comparación con el 5% dela UIT2010 (3,650 x 5%)

Comparación

182.50

Importe mayor

182.50

Régimen de Incentivos por subsanación voluntaria

Deducción del 90% sobre S/.182.50

Multa por pagar

S/.18.25

VALORES DE LA UIT 

2012 3,650.00 D.S. Nº 233-2011-EF
2011 3,600.00 D.S. Nº 252-2010-EF
2010 3,600.00 D.S. Nº 311-2009-EF
2009 3,550.00 D.S. Nº 169-2008-EF
2008 3,500.00 D.S. Nº 209-2007-EF
2007 3,450.00 D.S. Nº 213-2006-EF
2006 3,400.00 D.S. N° 176-2005-EF
2005 3,300.00 D.S. N° 177-2004-EF
2004 3,200.00 D.S. N° 192-2003-EF
2003 3,100.00 D.S. N° 191-2002-EF
2002 3,100.00 D.S. N° 241-2001-EF
2001 3,000.00 D.S. Nº 145-2000-EF
2000 2,900.00 D.S. Nº 191-99-EF
1999 2,800.00 D.S. N° 123-98-EF
1998 2,600.00 D.S. N° 177-97-EF
1997 2,400.00 D.S. N° 134-96-EF
1996 2,200.00 D.S. N° 012-96-EF Vigente a partir de febrero de 1996
1996 2,000.00 D.S. N° 178-94-EF. Para la determinación del IR por el ejercicio 1996 se utiliza el promedio anual del valor de la UIT S/.2,183.00.
1995 2,000.00 D.S. N° 178-94-EF
1994 1,700.00 D.S. N° 168-93-EF
1993 julio -diciembre 1,700.00 R.M. N° 125-93-EF/15. Aplicable para retenciones y pagos a cuenta del Impuesto a la Renta.
1993 promedio 1,525.00 R.M. N° 125-93-EF/15. Aplicable para la determinación del Impuesto a la Renta de 1993.
1993 enero – junio 1,350.00 R.M. N° 370-92-EF/15 
1992 1,040.00 D.S. N° 307-91-EF. Durante 1992 estuvo vigente la Unidad de Referencia Tributaria (URT)

 Tributarista Alan Emilio Matos Barzola

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Acerca de Alan Emilio Matos Barzola
Especialista en Tributación Empresarial y en Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF). Egresado del 48° Curso de Administración Tributaria a nivel nacional (CAT 2007) del Instituto de Administración Tributaria y Aduanera de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria. Experiencia laboral: - Abogado Especialista en Derecho Tributario en una superintendencia gubernamental (2012), y Docente del Programa de Especialización en Tributación del Centro de Extensión Universitaria (CEUPS) de la Facultad de Ciencias Contables de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. 2010-2011-2012. - Asesor Tributario Contable. Gaceta Jurídica – Contadores & Empresas. Especialista y consultor en temas tributarios, contables y empresariales (2011). - Asesor Tributario Contable. Estudio Caballero Bustamante. Especialista y consultor en temas tributarios, contables y empresariales (2009-2010). - Abogado Tributarista. Estudio Navarro, Ferrero y Pazos Abogados. Especialista y consultor en temas tributarios, contables y empresariales (2008-2009). - Asesor Tributario Contable. Revista Actualidad Empresarial. Especialista y consultor en temas tributarios, contables y empresariales . - Miembro de la Central de Consultas Tributarias de la Intendencia Nacional de Servicios al Contribuyente de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria SUNAT. Experiencia en capacitaciones: Expositor en materia tributario-contable a nivel nacional en diversas sedes sobre temas de Tributación Empresarial y de entidades sin ánimo de lucro, NIC-NIIF Completas, NIIF para las Pymes, Impuesto a la Renta, IGV, Régimen Tributario de la Amazonía, Fiscalización, Plan Contable General Empresarial, en las siguientes sedes: -Arequipa: 2010-2011, con Caballero Bustamante y con Contadores & Empresas - Ayacucho: 2008 con Actualidad Empresarial y 2013 con Contadores & Empresas - Callao.2009-2010 en el Colegio de Contadores Públicos y en la Universidad Nacional del Callao (2008). -Chiclayo: 2010 en XIX CORNECCOF Lambayeque 2010 Congreso Regional de Estudiantes de Ciencias Contables y Financieras (Chiclayo), 2012 y 2013 con Contadores & Empresas -Chimbote: 2010 con Caballero Bustamante -Chincha: 2011, 2012 y 2013 con Contadores & Empresas. -Cusco: 2010 con Caballero Bustamante -Huancayo: 2008 con Actualidad Empresarial, 2010 con Caballero Bustamante, 2011 con Contadores & Empresas y 2012 con Pacífico Huancayo. - Huánuco 2013 con Contadores & Empresas. -Huaraz: 2010 Universidad Nacional Antúnez de Mayolo en el Post Grado y en Pregrado. Colegio de Contadores Públicos de Huaraz. 2012 con Contadores& Empresas y la UNASAM. - Ica: 2007 con Actualidad Empresarial y 2011 con Contadores & Empresas. Caja Municipal de Ica (2011). Colegio de Contadores Públicos de Ica. - Ilo (Moquegua) 2013 con Contadores & Empresas -Iquitos: 2011 con Contadores & Empresas. -La Merced: 2011 con Contadores & Empresas. -Lima: 2007, 2008, 2009, 2010, 2011, 2012 y 2013 con Contadores & Empresas. Universidad Nacional Mayor de San Marcos, Universidad Nacional Federico Villarreal, Universidad Nacional del Callao, Universidad Privada San Juan Bautista, Universidad César Vallejo, Universidad Tecnológica del Perú en la Facultad de Administración de Negocios Internacionales. En el Auditorio del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE 2009 con el Estudio Navarro, Ferrero y Pazos y Quantum Consultores). Auditorio del Estudio Caballero Bustamante. Colegio de Contadores Públicos de Lima (I Convención de Contabilidad “El Contador Público y los Desafíos de la Competitividad”) y en el Auditorio Principal. Cámara de Comercio Peruana Argentina (diciembre 2011). En diversas sedes en toda Lima Metropolitana. - Madre de Dios. 2009 y 2012 Universidad Andina del Cusco – Filial Puerto Maldonado, Universidad Nacional Amazónica de Madre de Dios, Gobierno Regional de Madre de Dios, Colegio de Contadores Públicos de Madre de Dios. - Pucallpa: 2011, 2012 y 2013 con Contadores & Empresas -Tarapoto: 2011 y 2012 con Contadores & Empresas -Trujillo: 2007 en la Universidad César Vallejo con Actualidad Empresarial, 2010 con Caballero Bustamante, 2011 con Contadores & Empresas, en diversas sedes (con Facose SA) y en la 6º Feria del Libro organizada por la Universidad Particular Antenor Orrego (UPAO), 2012 y 2013 con Contadores& Empresas (FACOSE) -Tumbes: 2011 y 2012 en el Colegio de Contadores Públicos de Tumbes con Contadores & Empresas Publicaciones: Diversos artículos e informes tributario-contables publicados en el Suplemento de Análisis Legal “Jurídica” del Diario Oficial El Peruano, en la Revista Actualidad Empresarial (2006-2008), en el Informativo Caballero Bustamante (2009-2010), en la Revista Contadores & Empresas 2011, en la Revista Actualidad Jurídica (Gaceta Jurídica) y en Revista Jurídica del Perú (NL Normas Legales). Idiomas: Español e Inglés

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