Cronograma DAOT 2009

El cronograma de la DAOT 2010 se inicia el 21 de febrero 2011 ver el siguiente enlace: http://alanemiliomatosbarzola.wordpress.com/2011/02/03/daot-2010-a-partir-del-21-febrero-2011-resolucion-de-superintendencia-016-2011-sunat/

Mediante Resolución de Superintendencia Nº 114-2010/SUNAT, publicada el 15 de abril del 2010, se aprueba el cronograma de vencimiento para la presentación de la Declaración Anual de Operaciones con Terceros (DAOT) correspondiente al ejercicio 2009. 

-    Para efecto de la presentación de la DAOT, se mantiene el monto referencial mínimo de las ventas internas y adquisiciones de bienes, servicios o contratos de construcción, el cual debe ser superior a S/. 240,000.00. Se consigna por primera vez las casillas a tener en cuenta para dicho cálculo, tratándose del Formulario Virtual N.° 621 Simplificado – IGV Renta Mensual

Resolución de Superintendencia Nº 114-2010/SUNAT

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- CRONOGRAMA DE VENCIMIENTO

Apruébase el cronograma de vencimiento para la presentación de la Declaración Anual de Operaciones con Terceros o la “Constancia de no tener información a declarar”, correspondiente al ejercicio 2009, de acuerdo a las fechas señaladas a continuación:

Último dígito del número del Registro Único de Contribuyentes  

Vencimiento

3 27.04.2010

4

28.04.2010

5

29.04.2010

6

30.04.2010

7

03.05.2010

8

04.05.2010

9

05.05.2010

0

06.05.2010

1

07.05.2010

2

10.05.2010

Buenos Contribuyentes

 11.05.2010

Artículo 2°.- DECLARACIÓN CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO 2009

Los sujetos comprendidos en el inciso b) del numeral 3.1 del artículo 3° del Reglamento para la presentación de la Declaración Anual de Operaciones con Terceros, están obligados a presentar la DAOT correspondiente al ejercicio 2009 siempre que en dicho Ejercicio cumplan con cualquiera de las siguientes condiciones:

  1. El monto de sus ventas internas haya sido superior a S/. 240,000.00 (doscientos cuarenta mil y 00/100 Nuevos Soles).

Para tal efecto se sumarán los montos que deben ser consignados en las casillas N.os 100, 105, 109, 112 y 160 del PDT IGV Renta Mensual – Formulario Virtual N.° 621, en la casilla N.° 100 del Formulario Virtual N.° 621 Simplificado IGV – Renta Mensual, en la casilla N.° 100 del Formulario N.° 119 – Régimen General y, de ser el caso, en las casillas N.os 100 y 105 del Formulario N.° 118 – Régimen Especial de Renta.

  1. El monto de sus adquisiciones de bienes, servicios o contratos de construcción, haya sido superior a S/. 240,000.00 (doscientos cuarenta mil y 00/100 Nuevos Soles).

Para tal efecto se sumarán los montos que deben ser consignados en las casillas N.os 107, 110, 113 y 120 del PDT IGV Renta Mensual – Formulario Virtual N.° 621, en la casilla N.° 107 del Formulario Virtual N.° 621 Simplificado IGV – Renta Mensual, en la casilla N.° 107 del Formulario N.° 119 – Régimen General y, de ser el caso, en las casillas N.os 107 y 111 del Formulario N.° 118 – Régimen Especial de Renta.

Para efectuar la referida declaración utilizarán el “PDT Operaciones con Terceros” – Formulario Virtual N.° 3500 – versión 3.3.

Artículo 3°.- OMISOS A LA PRESENTACIÓN

Los sujetos que a la fecha de vigencia de la presente resolución, se encuentren omisos a la presentación de la Declaración correspondiente a ejercicios anteriores al 2009, deberán regularizar dicha presentación utilizando el “PDT Operaciones con Terceros” – Formulario Virtual N.° 3500 – versión 3.3, no siendo necesaria mayor información que la solicitada por dicho PDT; la que se efectuará según lo señalado en el artículo 10° del Reglamento.

Lo señalado en el párrafo anterior también será de aplicación a las Declaraciones rectificatorias que correspondan a los ejercicios indicados.

DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL

Única.- VIGENCIA

 La presente resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

http://alanemiliomatosbarzola.wordpress.com/2010/03/18/itan-2010/

Nuevamente lo dijimos primero en www.tributacionperu.com 

Acerca de Alan Emilio Matos Barzola
Abogado Tributarista graduado por la Universidad Nacional Federico Villarreal perteneciente al Colegio de Abogados de Lima, y Bachiller en Contabilidad por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Especialista en Tributación Empresarial y en Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF). Egresado del 48° Curso de Administración Tributaria a nivel nacional (CAT 2007) del Instituto de Administración Tributaria y Aduanera de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria. Experiencia laboral: - Abogado Especialista en Derecho Tributario en una superintendencia gubernamental (2012), y Profesor del Programa de Especialización en Tributación del Centro de Extensión Universitaria (CEUPS) de la Facultad de Ciencias Contables de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. 2010-2011-2012. - Asesor Tributario Contable. Gaceta Jurídica – Contadores & Empresas. Especialista y consultor en temas tributarios, contables y empresariales (2011). - Asesor Tributario Contable. Estudio Caballero Bustamante. Especialista y consultor en temas tributarios, contables y empresariales (2009-2010). - Abogado Tributarista. Estudio Navarro, Ferrero y Pazos Abogados. Especialista y consultor en temas tributarios, contables y empresariales (2008-2009). - Asesor Tributario Contable. Revista Actualidad Empresarial. Especialista y consultor en temas tributarios, contables y empresariales . - Miembro de la Central de Consultas Tributarias de la Intendencia Nacional de Servicios al Contribuyente de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria SUNAT. Experiencia en capacitaciones: Expositor en materia tributario-contable a nivel nacional en diversas sedes sobre temas de Tributación Empresarial y de entidades sin ánimo de lucro, NIC-NIIF Completas, NIIF para las Pymes, Impuesto a la Renta, IGV, Régimen Tributario de la Amazonía, Fiscalización, Plan Contable General Empresarial, en las siguientes sedes: -Arequipa: 2010-2011, con Caballero Bustamante y con Contadores & Empresas - Ayacucho: 2008 con Actualidad Empresarial - Callao.2009-2010 en el Colegio de Contadores Públicos y en la Universidad Nacional del Callao (2008). -Chiclayo: 2010 en XIX CORNECCOF Lambayeque 2010 Congreso Regional de Estudiantes de Ciencias Contables y Financieras (Chiclayo) y 2012 con Contadores & Empresas -Chimbote: 2010 con Caballero Bustamante -Chincha: 2011 y 2012 con Contadores & Empresas. -Cusco: 2010 con Caballero Bustamante -Huancayo: 2008 con Actualidad Empresarial, 2010 con Caballero Bustamante y 2011 con Contadores & Empresas -Huaraz: 2010 Universidad Nacional Antúnez de Mayolo en el Post Grado y en Pregrado. Colegio de Contadores Públicos de Huaraz. 2012 con Contadores&Empresas. - Ica: 2007 con Actualidad Empresarial y 2011 con Contadores & Empresas. Caja Municipal de Ica (2011). Colegio de Contadores Públicos de Ica -Iquitos: 2011 con Contadores & Empresas. -La Merced: 2011 con Contadores & Empresas. -Lima: 2007, 2008, 2009, 2010, 2011 y 2012. Universidad Nacional Mayor de San Marcos, Universidad Nacional Federico Villarreal, Universidad Nacional del Callao, Universidad Privada San Juan Bautista, Universidad César Vallejo, Universidad Tecnológica del Perú en la Facultad de Administración de Negocios Internacionales. En el Auditorio del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE 2009 con el Estudio Navarro, Ferrero y Pazos y Quantum Consultores). Auditorio del Estudio Caballero Bustamante. Colegio de Contadores Públicos de Lima (I Convención de Contabilidad “El Contador Público y los Desafíos de la Competitividad”) y en el Auditorio Principal. Cámara de Comercio Peruana Argentina (diciembre 2011). En diversas sedes en toda Lima Metropolitana. - Madre de Dios. 2009 y 2012 Universidad Andina del Cusco – Filial Puerto Maldonado, Universidad Nacional Amazónica de Madre de Dios, Gobierno Regional de Madre de Dios, Colegio de Contadores Públicos de Madre de Dios. - Pucallpa: 2011 con Contadores & Empresas -Tarapoto: 2011 con Contadores & Empresas -Trujillo: 2007 en la Universidad César Vallejo con Actualidad Empresarial, 2010 con Caballero Bustamante, 2011 con Contadores & Empresas, en diversas sedes (con Facose SA) y en la 6º Feria del Libro organizada por la Universidad Particular Antenor Orrego (UPAO), y 2012 con Contadores&Empresas -Tumbes: 2011 y 2012 en el Colegio de Contadores Públicos de Tumbes con Contadores & Empresas Publicaciones: Diversos artículos e informes tributario-contables publicados en el Suplemento de Análisis Legal “Jurídica” del Diario Oficial El Peruano, en la Revista Actualidad Empresarial (2006-2008), en el Informativo Caballero Bustamante (2009-2010), en la Revista Contadores & Empresas 2011, en la Revista Actualidad Jurídica (Gaceta Jurídica) y en Revista Jurídica del Perú (NL Normas Legales). Idiomas: Español e Inglés

70 Responses to Cronograma DAOT 2009

  1. ALEXA dice:

    SI NOSOTROS LOS CONTRIBUYENTES NO PRESENTARAMOS LAS DECLARACIONES EN LA FECHA QUE NOS INDICAN YA TUVIERAMOS ALGUNA SANCION Y QUE HAY CON EL CRONOGRAMA QUE AUN NO PUBLICAN QUE SANCION RECIBEN?

  2. FERNANDO dice:

    QUIERO SABER QUIENES SANCIONAN A LA SUNAT . POR QUE ELLOS SI SANCIONAN COMO ES DE LEY Y ESO ES INJUSTO

  3. Jose20 dice:

    si pxs quienes sancionan a esos señores , no es justo pues , como es posible que a la fecha no publiquen el cronograma

  4. Asimov dice:

    Propongo que talvez podamos acudir a la Defensoria del Pueblo, como contribuyentes perjudicados por la demora y/o incertidumbre de no saber el cronograma del DAOT 2009. De ese modo podriamos lograr una sancion a la SUNAT.

    • Estimado Asimov, te comento que nadie puede exigirle a ninguna entidad del Estado que emita una resolución sobre un trámite administrativo, que en el caso materia de controversia se origina por la DAOT. En principio ni siquiera el Presidente de la República ni mucho menos el congreso o cualquier contribuyente puede exigirle a SUNAT que publique el referido cronograma. SUNAT sabrá porque circunstancias no publica el referido cronograma; no obstante lo que SUNAT no podría hacer es publicar un cronograma con tan solo dias de anticipación puesto que sería un atropello contra los contribuyentes y un abuso del derecho administrativo. En ese cauce le corresponde a SUNAT publicar el referido cronograma con anticipación pero cuando ellos estimen pertinente.

  5. VERONICA dice:

    buenos dias
    espero que el cronograma sea para
    marzo porque y estamos 11/02/2010 y aun no lo tienen definido
    al menos “seran concientes”

    gracias

  6. LINDA dice:

    ME PARECE REALMENTE INJUSTO QUE LOS SEÑORES DE SUNAT …..DE UN MOMENTO A OTRO DEN LAS FECHAS DEL DAOT Y LOS CONTRIBUYENTES ESTEN DESESPERADOS POR DECLARAR……POR FAVOR …..ESCUCHENNOS

  7. Roberto Rodríguez dice:

    Como dicen los de Sunat, tienen la sartén por el mango; y por eso abusan, espero k esta vez sean justos.

  8. marco dice:

    que mas queremoss que no publiquen, o q nisalga seria mejor. pero de seguro sale pero q lo hagan con un mes antes minimo de presentacion

  9. MARCO dice:

    SERA PARA DESPUES DE LA DDJJ 2009 NO CREEN PARA EVITAR LOS CRUCES Q HACEN LAS EMPRESAS Y IR CORRIGIENDO ERRORES, DESPUES DE LA DDJJ YA AHY MULTA

  10. linda dice:

    QUE SALGA LO MAS PONTO POSIBLE ESTAMOS DESESPERADOS………YA MISNO SE ACABA FEBRERO Y SE NOS VIENEN LOS BALANCES……¡¡¡¡¡¡¡POR FAVOR ……SEAN CONCIENTES.!!!!!!!!!!!!!!!

  11. Marco Valle dice:

    Realmente esto parece ser una estrategia de SUNAT a fin de realizar una validación de datos mas certera en lo que concierne a la D.J. Anual VS el DAOT, ps algunas empresas por falta de tiempo presentan la D.J. en cero y después hacen la corrección una vez terminado el Balance

  12. Daywo dice:

    Bueno el Cronograma de DAOT definitivamente es una estrategia, y como saben la SUNAT es un ente regulador de impuestos, le conviene vigilar la transparencia de la informacion, y bueno cuando mas tiempo da para la presentacion de datos, las empresas tienen mas tiempo para poder argumentar estrategias a fin de no cumplir con sus impuestos, falseando aveces la veracidad de los datos, por lo tanto esperemos que todo esto de un buen resultado. en feneficio de todos.

  13. ANGEL dice:

    EL PUEBLO PERUANO, YA ESTA CANSADO DEL ABUSO E IMPROVISION DE LEYES, CRONOGRAMAS, ETC. “MIENTRAS QUE EL CONTRIBUYENTE DE SOL A SOL PAGA SU IMPUESTO CADA DIA, EL BUROCRATA LO MALGASTA DE DE MIL EN MIL CADA DIA”.

  14. EDGAR dice:

    Si bien es cierto la SUNAT no nos da el cronograma del DAOT 2009 hasta el momento, no hay porque desesperar, porque asi nos den solo unos dias o muchos dias, tenemos que cumplir siempre, la SUNAT hace rato que debe ser reestructurada, modernizada, para que no traten mal a los contribuyentes. Eso es lo que debemos esperar mas que el cronograma del DAOT

  15. AURELIANO dice:

    A la fecha seguimos esperando el cronograma de
    DAOT del 2009 SUNAT solo impone tributos a
    pequeñas y medianas empresas nacionales ¿ y la establidad Tributaria de grandes Empresas extranjeras y sobre todo las Mineras, y la contaminacion del medio ambiente ? y que ?

  16. omar dice:

    Estimados, definitivamente este es una estrategia de Sunat pero no hay nada que preocuparse ya que al publicar el cronograma darán fechas razonables para la presentación. Por otro lado nosotros tenemos un poco mas de tiempo para verificar nuestra información haciendo nosotros mismos el cruce con nuestros clientes y proveedores y tener una data validada.

  17. Verón dice:

    buenos dias queridos amigos, espero que sunat establesca pronto el cronograma de pago para no estar pensando tanto en preocupaciones, ademas nosotros mismos debemos hacer el cruce de informacion tanto con proveedores y clientes para garantizar la informacion que enviamos. todo esta en nosotros.

  18. ANGELICA dice:

    espero que el cronograma de la DAOT sea despues de DDJJ 2009 porque avecina la DDJJ mensual y terminada esta comienza la DDJJ ANULA 2009 .

  19. diego dice:

    no os desespereis ,,trankis…..que asi lo hubiera hecho en su debida oportunidad ..igual algunos lo hubeirran presentado en cero y luego regularizar..ok .estoy de acuerdo en q es una estrategia de la sunat para q la informacion dada sea lo mas veraz posible vale..

  20. ROSY dice:

    YO ESTOY TRANQUILA POR QUE YA TENGO LA INFORMACION LISTA E INVOCO A UDS TAMBIEN PONERSE A TRABAJAR EN ESTA INFORMACION PUES SALGA ANTES O DESPUES IGUAL SE PRESENTARA.
    SALUDOS

  21. Walter dice:

    Bueno estoy muy preocupado por que aún todavía no sale el cronograma del DAOT 2009, por que las declaraciones del 2008 empezaron en marzo … y ya estamos por empezar marzo y no tenemos el cronograma.

  22. ROXANA MOSAYHUATE dice:

    hasta hoy 25 de febrero estoy spernado la publicacion del cronograma daot 2009.
    supongo que al no darlo aun la sunat entonces tendremos que esperar pues esta entidad es a quien le corresponde publicar el cronograma.

  23. JUAN dice:

    Amigos: no se desesperen por la no publicacion por parte de la SUNAT del cronograma de presentacion de la DAOT, por que no va a salir se encuentra suspendida por la nueva aplicacion desde junio del sistema tributario nacional, y seria trabajo duplicado para los contribuyentes, de tal manera dediquense a elaborar tranquilamente sus respectivos balances del 2009.

  24. LISBETH CARIN dice:

    en caso que depreciemos de mas, donde va el exeso que no nos acepta la sunat?

  25. Robert Vilcape dice:

    bueno menos mal que tengo toda la informacion lista ya.. asi que no hago problemas.

  26. Johe dice:

    Lo acabo de leer, buena informacion..!! que raro que aun la SUNAT no publique este cronograma..
    Por lo que veo ya esta publicacion esta desde los primeros dias de Marzo…

  27. luis eduardo dice:

    Lamentablemente la sunat es la única que siempre tiene la razón y las reglas que ella establece se tienen q cumplir si o si, asi de simple, nunca o casi nunca el contribuyente tiene la razón, así que compañeros a trabajar y no bajar la guardia ni dar motivo alguno para que nos sancionen

  28. MARIANELA dice:

    Me parece un abuso, el personal de SUNAT no tiene un buen trato al publico mas aún si uno es Contador, hablo de Cusco, les hace falta un curso de relaciones humanas es mas la mayoria que trabaja alli son abogados o administradores, no tengo nada en contra pero les falta más amabilidad y tanto al usuario.

  29. Enrique Gonzales dice:

    Me parece una falta de seriedad que ni en la pagina de la SUNAT aparesca aun el cronograma del DAOT 2009, y uno debe recurrir o otras paginas para estar al dia en los cronogramas de Declaraciones

  30. walter dice:

    Es cierto lo que dicen, SUNAT, crea y crea y sigue creando normas, tributarias , que lo único que conlleva es al caos, a confundirse, y por lo tanto multa para el pobre contribuyente, en otras palabras SUNAT ve a los contribuyente como máquinas de crear dinero para ellos.

  31. JOHNNY GALARZA dice:

    Quisiera saber por el valor de cuantas UIT debo haber comprado o vendido para estar obligado a declarar a proveedores o clientes respectivamente

  32. romy dice:

    me gustria recibir al correo indicado toda esta informacion de actualizaciones

  33. Tamesis dice:

    El valor del monto de las transaciones que se realizan con cada tercero para poder declarar el DAOT….. debe ser 2 UIT osea S/. 7100 ?

    Y gracias por el cronograma, andaba angustiada por saber la fecha.

  34. luis eduardo dice:

    una consulta si en mi balance he considerado recibos por honorarios que en las declaraciones mensuales no las declare puedotener algun problema o como podria sustentar este hecho

  35. calin dice:

    Bueno al parecer la persona q responde a todas las preguntas y algunos reclamos pareciera q tuviera un libro con todas las respuestas

  36. JULY HERRERA BELTRAN dice:

    deseo recibir informacion sobre sus comentarios de contabilidad soy una contadora que desearia estar actualizada en todo lo referente a contabilidad y tributacion
    GRACIAS

  37. Nuevamente lo dijimos primero en http://www.tributacionperu.com

    Hoy se publicó la Resolución de Superintendencia Nº 114-2010/SUNAT que describimos en el posteo.

    Como siempre todas las primicias, mientras el resto las busca TRIBUTACIONPERU las anticipa y aclara.

  38. JUAN dice:

    Alan porque las fechas de la presentacion del DAOT No salen en la web de la sunat ????? Explain me

  39. enrique dice:

    sinceramente da mucho que hablar de sunat en vista de que es la institucion mas corrupto despues de los policias y argumento lo siguiente el porque es asi que la sunat por medio de sus oficiales de aduanas cobran cupos de 2000 a 3000 mil soles por cada trailer de mercaderia que pasa desde desaguadero hasta cusco y todavia se dan la desfachates de fiscalizar a las tiendas que compran y vende la misma mercaderia que ellos mismos dejaron pasar eso no es justo no funciona nada su oficina anticorrupcion que pena del pais que no pueden controlar el contrabando mas bien la aduana que es la misma sunat se abrochan con las coimas cobrados en cada poesto de control de aduana posteriormente boy ha enfocar con videos espero que el imbesil del intendente de cusco tomara cartas en el asunto todavia se dan el lujo de venir acobrar su coima hasta el mercado de vinocancho a los camioneros poneños

  40. amparo dice:

    saludos muy importante la orientacion que brindan uds. sigan adelante

  41. LISBETH ANDREA dice:

    Desearía saber, como se declara en el DAOT, si es que por cada transacción tiene q superarse las 2 UIT, (mis ventas y compras superan los s/.240,000 establecidos por la norma),pero como se tendría q declarar,llegué a esa ambiguedad, es por transacción??o es por monto anual,del proveedor?¿o cliente?¿?¿

  42. juan dice:

    lei que tuvieramos listo la informacion y eso si pero aun cuando hubo 15 dias de publicado el cronograma estabamos en DJanual ,DJ mensual y no vimos el cronograma para el caso del ITAN y pagamos los trabajadores ya que los empresarios dicen es tu responsabilidad y el buzon esta para que nos recuerden solo la mensual? que burla de SUNAT

  43. evimar dice:

    quisiera saber quienes sancionan al personal que labora en la sunat por que en vez de asesorarnos nos desorientan resulta que ellos me indicaron como deberia de rellenar el formulario 118 el del regimen especial y yo lo ise asi durante todo este tiempo y ahora me salen de que estoy en falta por que no rellene los casilleros de inpuesto a la renta pero pague igv y renta como corresponde y a estas alturas me dicen que estoy multada por esta falta no me parece justo que despues de mas de 14 meses recien me notifiquen
    y que de ellos quien los sanciona por inconpetentes

  44. lidia dice:

    si no declara el DAOT que sanciones tiene el contribuyente y como.
    gracias por la respuesta.

  45. ricardo dice:

    si no se declara el DAOT en la fecha del cronograma, cuanto tiempo tendremos para subsanar la presentacion, porque esto me paso a mi, cuando ya tenia todos los datos listos me olvide que la clave SOL estaba en otro lado, asi que lo deje para el dia siguiente, que solucion me darias por favor

  46. TANIA dice:

    QUISIERA SABER SI HAY CHARLAS PARA Q NOS ORIENTEN ACERCA DE LA DAOT……….

  47. Flavio dice:

    Saludos, una consulta ¿q sucede si no se declara en el plazo establecido? yo estoy en el regimen especial y la verdad estoy muy preocupado por las multas q esto ocasionara, necesito estar informado sobre este asunto. Si alguien puede ayudar me seria muy util . Gracias de antemano

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