SUNAT puntualiza aplicación de Ley Nº 29215 sobre crédito fiscal del IGV
+00002009-08-18T06:00:03+00:0031000000bTue, 18 Aug 2009 06:00:03 +0000UTC 10, 2008 5 comentarios
Alan Emilio Matos Barzola
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Acerca de Alan Emilio Matos Barzola
Especialista en Tributación Empresarial y en Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF). Egresado del 48° Curso de Administración Tributaria a nivel nacional (CAT 2007) del Instituto de Administración Tributaria y Aduanera de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria.
Experiencia laboral:
- Abogado Especialista en Derecho Tributario en una superintendencia gubernamental (2012), y Docente del Programa de Especialización en Tributación del Centro de Extensión Universitaria (CEUPS) de la Facultad de Ciencias Contables de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. 2010-2011-2012.
- Asesor Tributario Contable. Gaceta Jurídica – Contadores & Empresas. Especialista y consultor en temas tributarios, contables y empresariales (2011).
- Asesor Tributario Contable. Estudio Caballero Bustamante. Especialista y consultor en temas tributarios, contables y empresariales (2009-2010).
- Abogado Tributarista. Estudio Navarro, Ferrero y Pazos Abogados. Especialista y consultor en temas tributarios, contables y empresariales (2008-2009).
- Asesor Tributario Contable. Revista Actualidad Empresarial. Especialista y consultor en temas tributarios, contables y empresariales .
- Miembro de la Central de Consultas Tributarias de la Intendencia Nacional de Servicios al Contribuyente de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria SUNAT.
Experiencia en capacitaciones:
Expositor en materia tributario-contable a nivel nacional en diversas sedes sobre temas de Tributación Empresarial y de entidades sin ánimo de lucro, NIC-NIIF Completas, NIIF para las Pymes, Impuesto a la Renta, IGV, Régimen Tributario de la Amazonía, Fiscalización, Plan Contable General Empresarial, en las siguientes sedes:
-Arequipa: 2010-2011, con Caballero Bustamante y con Contadores & Empresas
- Ayacucho: 2008 con Actualidad Empresarial y 2013 con Contadores & Empresas
- Callao.2009-2010 en el Colegio de Contadores Públicos y en la Universidad Nacional del Callao (2008).
-Chiclayo: 2010 en XIX CORNECCOF Lambayeque 2010 Congreso Regional de Estudiantes de Ciencias Contables y Financieras (Chiclayo), 2012 y 2013 con Contadores & Empresas
-Chimbote: 2010 con Caballero Bustamante
-Chincha: 2011, 2012 y 2013 con Contadores & Empresas.
-Cusco: 2010 con Caballero Bustamante
-Huancayo: 2008 con Actualidad Empresarial, 2010 con Caballero Bustamante, 2011 con Contadores & Empresas y 2012 con Pacífico Huancayo.
- Huánuco 2013 con Contadores & Empresas.
-Huaraz: 2010 Universidad Nacional Antúnez de Mayolo en el Post Grado y en Pregrado. Colegio de Contadores Públicos de Huaraz. 2012 con Contadores& Empresas y la UNASAM.
- Ica: 2007 con Actualidad Empresarial y 2011 con Contadores & Empresas. Caja Municipal de Ica (2011). Colegio de Contadores Públicos de Ica.
- Ilo (Moquegua) 2013 con Contadores & Empresas
-Iquitos: 2011 con Contadores & Empresas.
-La Merced: 2011 con Contadores & Empresas.
-Lima: 2007, 2008, 2009, 2010, 2011, 2012 y 2013 con Contadores & Empresas. Universidad Nacional Mayor de San Marcos, Universidad Nacional Federico Villarreal, Universidad Nacional del Callao, Universidad Privada San Juan Bautista, Universidad César Vallejo, Universidad Tecnológica del Perú en la Facultad de Administración de Negocios Internacionales. En el Auditorio del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE 2009 con el Estudio Navarro, Ferrero y Pazos y Quantum Consultores). Auditorio del Estudio Caballero Bustamante. Colegio de Contadores Públicos de Lima (I Convención de Contabilidad “El Contador Público y los Desafíos de la Competitividad”) y en el Auditorio Principal. Cámara de Comercio Peruana Argentina (diciembre 2011). En diversas sedes en toda Lima Metropolitana.
- Madre de Dios. 2009 y 2012 Universidad Andina del Cusco – Filial Puerto Maldonado, Universidad Nacional Amazónica de Madre de Dios, Gobierno Regional de Madre de Dios, Colegio de Contadores Públicos de Madre de Dios.
- Pucallpa: 2011, 2012 y 2013 con Contadores & Empresas
-Tarapoto: 2011 y 2012 con Contadores & Empresas
-Trujillo: 2007 en la Universidad César Vallejo con Actualidad Empresarial, 2010 con Caballero Bustamante, 2011 con Contadores & Empresas, en diversas sedes (con Facose SA) y en la 6º Feria del Libro organizada por la Universidad Particular Antenor Orrego (UPAO), 2012 y 2013 con Contadores& Empresas (FACOSE)
-Tumbes: 2011 y 2012 en el Colegio de Contadores Públicos de Tumbes con Contadores & Empresas
Publicaciones:
Diversos artículos e informes tributario-contables publicados en el Suplemento de Análisis Legal “Jurídica” del Diario Oficial El Peruano, en la Revista Actualidad Empresarial (2006-2008), en el Informativo Caballero Bustamante (2009-2010), en la Revista Contadores & Empresas 2011, en la Revista Actualidad Jurídica (Gaceta Jurídica) y en Revista Jurídica del Perú (NL Normas Legales).
Idiomas: Español e Inglés
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Quisiera saber si es posible que se pueda rebajar el Spot IGV en la declaración del PDT-Renta Mensual para el crédito fiscal
Estimada Graciela
El SPOT no se declara en el PDT 621 IGV Renta Mensual, ya que su mecanismo de aplicación es diferente.
EL SPOT involucra que el adquiriente efectúe el depósito de un determinado importe (en función al % que establece la norma) en la cuenta de detracciones del Banco de la Nación del proveedor (vendedor o prestador del servicio). Este importe depositado servirá para que el proveedor pueda efectuar el pago de impuestos, ONP, ESSALUD, costas y gastos tributarios, entre otros previstos por la norma.
En caso el adquiriente no cumpla con efectuar el depósito en favor de la cuenta de detracciones del proveedor es pasible de ser sancionado con una multa del 100% del importe no depositado (sujeto a gradualidad especial dependiendo de cuando se regularice el depósito).
Muchas gracias por la aclaración. La Empresa es minera y esta solicitando dev. de IGV de acuerdo a la Ley 27623, modificada mediante Ley 26662. Que me sugiere hacer si es que la empresa ha hecho su Declaración del PDT con lo antes manifestado. La empresa tendria que hacer la rectificación del PDT 621.
solo decir que para entender lo escrito en la pagina web de la sunat es un poco yuca ……
sera que podrian colgar mas sobre la ley del IGV gracias muchas gracias